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Boletín extraordinario novedades fiscales y laborales

De este boletín destacamos:

  • El tratamiento de los arrendamientos para uso distinto de vivienda pasa a ser similar al del arrendamiento de viviendas.
  • Se permite cambiar el método de cálculo de los pagos a cuenta del impuesto de sociedades.
  • Se permite no computar los días del estado de alarma en el cálculo de los módulos o bien renunciar a éstos solo para el año 2020.
  • Se prorroga el carácter preferente del teletrabajo, por un período de tres meses desde la finalización del estado de alarma.
  • Se prorroga la suspensión de los procedimientos tributarios, con algunas excepciones, hasta el 30 de mayo.
  • Se tipifican nuevas infracciones laborales, por datos falsos o inexactos en los ERTEs.
  • Se abre un nuevo plazo para que los autónomos que no optaron por una mutua lo hagan, a efectos de poder acudir a la prestación extraordinaria por cese de actividad.

Más información en el boletín que podéis consultar aquí: Boletín extraordinario actualidad fiscal y laboral

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