Los trabajadores autónomos tienen tres formas de tributar el IRPF:
- Régimen de Estimación Objetiva (conocido como Sistema de Módulos)
- Régimen de Estimación Directa Normal
- Régimen de Estimación Directa Simplificada
Estimación Objetiva (Módulos): En el régimen de módulos, Hacienda hace una estimación objetiva de los rendimientos derivados de la actividad, teniendo en cuenta las estadísticas de rendimientos del sector. Esta estimación se realiza en función de una serie de módulos: número de personas empleadas, metros del local, consumo eléctrico, potencia del vehículo… que varían para cada actividad. Con este régimen, a principios del año sabes qué rendimiento vas a declarar y qué cantidad pagarás en cada trimestre. Eso sí, siempre saldrá a pagar y siempre la misma cantidad, aunque no se haya facturado nada en el trimestre. Este régimen es válido únicamente para sectores como hostelería, taxistas, comercio minorista…
Estimación Directa normal: En el régimen de estimación directa normal la manera de llevar la contabilidad es más parecida a la de una empresa, con todo lo que eso implica. De hecho, las obligaciones contables de quienes están acogidos a ese modelo son las que el Código de Comercio marca para cualquier sociedad y tendrán que llevar la contabilidad ajustada al Plan General de Contabilidad. Al calcular el rendimiento neto del negocio, un autónomo que declare en estimación directa normal podrá imputar como gasto deducible las facturas que lleven 6 meses sin pagarse.
Estimación directa simplificada: El régimen de estimación directa simplificada está enfocado a quienes están empezando y a pequeños negocios. En este régimen los libros contables son mucho más sencillos que en el régimen de estimación directa normal y los gastos e ingresos se pueden cargar en un Excel o en el programa Quipu con el que trabajamos en BV Asesores y que es de muy fácil uso. Además, las normas contables que se deben aplicar no son complicadas. Se pueden acoger al método de estimación directa simplificada quienes cumplan los siguientes requisitos:
- Que sus actividades no estén acogidas al régimen de estimación objetiva.
- Que su cifra de negocio del año anterior no supere los 600.000€.
El régimen de Estimación Directa Simplificada es en el que se encuentran la mayor parte de los autónomos debido a que permite ser más consciente de los ingresos-gastos de la actividad y pagar en función de ello de manera proporcional.