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¿Qué puede pasar si un vecino no paga la comunidad? Consecuencias.

Si un vecino no paga la comunidad...

Si un vecino no paga la comunidad puede traer consecuencias serias.

Según la Ley de Propiedad Horizontal, es obligación de cada propietario abonar la cuota que le corresponda de comunidad ya sea pago de cuotas generales o derramas extraordinarias.

Es obligación de cada propietario “Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización” LPH artículo 9.1

Si mi vecino no paga la comunidad le puede acarrear multas, sanciones e incluso, derivar en el embargo de los bienes.

¿Cómo se debe reclamar la deuda si el vecino no paga la comunidad?

Primero hay que realizar el cálculo total de las cuotas no pagadas para asegurar que no hay errores.

A partir de aquí:

1 - Vía amistosa: Hablar con el vecino para entender lo que está ocurriendo ya que se podría llegar a algún tipo de acuerdo (quizás el vecino no paga la comunidad porque esté pasando por una mala situación económica) y lograr que salde su deuda con el tiempo.

Hay que decir que la LPH permite establecer intereses de demora sobre la deuda existente aumentando la cantidad a deber en caso de retrasarse en el pago. Así, se busca incentivar el pago puntual de las cuotas si el vecino no paga periódicamente.

2 – Recordatorio formal: Si el vecino no paga y la vía amistosa no funciona, se debe enviar una carta formal recordando las deudas que tiene con la comunidad. El medio para enviar esta carta será a través de burofax porque es un servicio de envío de documentos de forma urgente y con validez legal y que se utiliza para notificaciones formales, legales y comerciales. 

3 – Reclamación ante la junta de propietarios: Si se reclama la deuda en junta de propietarios tendrá que aparecer en el orden del día de la convocatoria y dejar constancia en el acta de la reunión.

4 – Procedimiento monitorio: Después de agotar todas las opciones amistosas y si el vecino no paga la comunidad, se puede iniciar un procedimiento monitorio para reclamar la cantidad por vía judicial.

La comunidad de vecinos deberá estar de acuerdo y aprobarlo en una junta de propietarios en la que figure este punto como orden del día. Durante la reunión, los propietarios deben adoptar un acuerdo de liquidación de deuda regulado por la Ley de Propiedad Horizontal.

El juez reclamará la deuda al vecino moroso en un plazo de 20 días. Si este sigue negándose a pagar, la comunidad podrá continuar la reclamación interponiendo un proceso ordinario por razón de la cuantía.

5 – Reclamación judicial: Por último y si el vecino no paga la comunidad, tenemos la opción de reclamar la deuda por vía judicial. Deberá ser aprobado en junta general por todos los propietarios y presentar todas las facturas y documentos que demuestre que existe una deuda entre la comunidad de vecinos y el vecino deudor. Se han de presentar todos los avisos amistosos realizados previamente.

En el caso de que el juez le dé la razón a la comunidad, este puede ordenar la devolución del dinero y embargar cuentas y bienes del vecino que no paga la comunidad

Lo más aconsejable es consultar con el administrador de fincas de la comunidad para obtener orientación específica.

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