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Condena a un asesor fiscal por atender las instrucciones de su cliente

Condenan a un asesor fiscal por atender las instrucciones ilícitas de su cliente

La Audiencia provincial de Murcia condena a una asesoría fiscal por las irregularidades cometidas en la liquidación del IVA pese a seguir las instrucciones de su cliente. (Sentencia 47/2021 de 15 de febrero al Recurso366/20020)

 La Agencia tributaria apreció la existencia de irregularidades contables en las liquidaciones del IVA, generándose, junto a las liquidaciones complementarias, las consiguientes sanciones y recargos por su extemporaneidad, así como el devengo de los intereses de demora.

Una asesoría fiscal está obligada a desarrollar su actividad profesional con la debida diligencia y acorde con las leyes fiscales y su lex artis (niveles de calidad exigidas a servicios profesionales).

El caso ocurrió cuando el cliente, a través de su hermana, remitía a la asesoría listados de facturas de ventas y gastos, con cuyos datos la asesoría efectuaba la liquidación del impuesto, remitiéndola a la hermana para que la pagase. La hermana iba dando instrucciones a la asesoría para que no contabilizara las facturas no cobradas, se traspasasen de fecha y las liquidara cuando fuesen cobradas para que el IVA fuera siempre a pagar lo menos posible y así poder ir haciéndole frente. La asesoría realizaba la modificación de las liquidaciones según las instrucciones que recibía.

El Tribunal concurre en la asesoría una conducta negligente al aceptar realizar dichas modificaciones y concluye que ha de abonar el 50% de la cuantía a la que ascienden los daños y perjuicios causados que incluyen:

  • Los intereses devengados al no haber pagado la cuota dentro del periodo legal.
  • Las sanciones impuestas como consecuencias de las irregularidades existentes.

Esta sentencia advierte a los profesionales que prestan servicios de asesoría que se deben negar a determinadas conductas, incluso recibiendo instrucciones por escrito de sus clientes.

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