10 Dudas sobre el presidente de una Comunidad que responde BV Administración de Fincas.
1 - ¿Se puede renunciar a ser presidente de la comunidad de vecinos?
Responde BV Administración de Fincas Coruña:
Sí, se puede renunciar a la presidencia de la comunidad de vecinos, pero suele ser necesario justificar razones válidas. Las razones más frecuentes por las que renunciar a la presidencia, son: enfermedad, edad avanzada, residir en un lugar distinto, razones relacionadas con el trabajo (viajes frecuentes).
Si la junta acepta la renuncia del vecino, se realizará una elección y se nombrará un nuevo presidente de la comunidad.
2 - ¿Es necesario que exista un presidente de la comunidad si hay un administrador de fincas?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: Sí, es necesario que exista un presidente de la comunidad incluso si hay un administrador de fincas. El administrador de fincas se encarga de la gestión diaria, pero no tiene las mismas funciones ni responsabilidades legales que el presidente.
3 - ¿Cuántos años se tiene que ser presidente de la comunidad?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: La duración del cargo de presidente de la comunidad depende de lo que se establezca en los estatutos de la comunidad o lo que se acuerde en junta de propietarios. Por lo general, el mandato suele ser de un año, pero esto puede variar según cada comunidad. En algunos casos, el presidente puede ser reelegido o su mandato puede prorrogarse si no se encuentra un reemplazo.
4 - ¿Cuándo estás exento de ser presidente de la comunidad?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: Estás exento de ser presidente de la comunidad si tienes razones justificadas que te impidan asumir el cargo. Como indicábamos en la pregunta 1, las razones más frecuentes son enfermedad o discapacidad, incompatibilidad laboral, residir en otra localidad y edad avanzada.
Para estar exento, es necesario presentar la solicitud ante la junta de propietarios, que debe aprobar la exención por mayoría.
5 - ¿Qué responsabilidad tiene el presidente de la comunidad?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: En general, el presidente de la comunidad tiene la responsabilidad de representar legalmente a la comunidad de propietarios, ejecutar los acuerdos tomados en junta, convocar y presidir las reuniones, mediar en conflictos entre vecinos y asegurar el buen funcionamiento de la comunidad. También es el enlace con el administrador de fincas y otras entidades externas.
6 - ¿Un propietario moroso puede ser presidente de la comunidad?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: No existe prohibición expresa al respecto.
Sin embargo, la comunidad de propietarios puede tomar medidas o acordar en junta que los morosos no puedan ocupar cargos, aunque esto debe estar reflejado en los estatutos o ser aprobado por mayoría.
7 - ¿Qué pasa si el presidente de la comunidad no hace nada?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: Si el presidente de la comunidad no cumple con sus funciones, los propietarios pueden convocar una junta para destituirlo, elegir un nuevo presidente o incluso tomar acciones legales si su inacción causa daños a la comunidad.
8 - ¿Qué pasa si nadie quiere ser presidente de la comunidad?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: Si nadie quiere ser presidente de la comunidad, el cargo puede asignarse por sorteo o turnos rotativos entre los propietarios. Si persiste la falta de voluntarios, la comunidad puede acudir a un juez para que designe a un propietario como presidente de forma obligatoria.
9 - ¿Debe cobrar una cantidad mensual el presidente de la comunidad?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: No hay impedimento legal en que se pague una pequeña remuneración al propietario que ejerza de presidente en concepto de gastos de representación por el tiempo e inconvenientes inherentes al cargo.
El pago de esa cantidad no es obligatorio, sin embargo, en algunas comunidades, se puede acordar en junta que el presidente reciba una cantidad mensual por su trabajo, si así lo deciden los propietarios.
10 - ¿Si un familiar de primer grado vive en la propiedad y no siendo el propietario, puede ser dicho familiar presidente de la comunidad?
Responde BV Administración de Fincas Coruña: No. El único requisito para ejercer el cargo de presidente es ser titular registral, o sea, propietario.
No puede ser presidente una persona que viva en el edificio si no es propietario, como, por ejemplo, un familiar de un propietario, un amigo, un cónyuge, un inquilino, etc.
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