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¿Hay obligación de dejar pasar por mi piso por obras en la comunidad?

Paso por obras en la comunidad

En muchos casos, cuando se realizan obras en la comunidad de vecinos, puede surgir la necesidad de acceder a ciertas partes del edificio que se encuentran dentro de propiedades privadas, como los pisos de los residentes. Esto puede deberse a la necesidad de pasar tuberías, cables, o realizar trabajos que afectan a la estructura general del edificio.

Según la Ley de Propiedad Horizontal (regula las relaciones entre los propietarios en una comunidad de vecinos y establece ciertas obligaciones) en su artículo 9.1:

Es obligación de cada propietario «consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la realización de obras, actuaciones o la creación de servicios comunes llevadas a cabo o acordadas conforme a lo establecido en la presente Ley…» y «permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores».

Es decir, ningún vecino puede negar el acceso a su vivienda cuando sea requerido con el fin de realizar las actuaciones necesarias que contempla la Ley. Si bien es cierto que el propietario afectado tiene derecho a que la comunidad se haga cargo de todos los daños y perjuicios que estas obras en la comunidad le pueda ocasionar: estancia en un hotel, servicio de limpieza…

Además, la comunidad debe informar con antelación al propietario afectado y tratar de acordar las mejores condiciones y horarios para minimizar las molestias por las obras en la comunidad.

El propietario afectado deberá elaborar un presupuesto con estos gastos y presentárselo al presidente de la comunidad antes de que finalice la obra.

Se recomienda tener una comunicación clara y abierta con la comunidad de vecinos y, si es necesario, buscar asesoría legal para garantizar que sus derechos y obligaciones estén bien protegidos.

En resumen, sí, generalmente se está obligado a permitir el acceso a la vivienda para realizar obras en la comunidad en beneficio de todos los residentes, siempre y cuando se sigan los procedimientos legales adecuados y se indemnice, al vecino que permite el paso, por cualquier daño causado.

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