Lun a Jue: 10:00-14:00 y 16:00-18:00; Vie: 10:00-14:00

Lo que debes saber sobre las obras en la comunidad de vecinos.

Lo que debes saber sobre las obras en la comunidad

Las obras en la comunidad de propietarios son una de las cuestiones que más dudas y conflictos generan entre los vecinos. ¿Quién debe pagar una reparación en el edificio? ¿Qué tipo de obras requieren permiso de la comunidad? ¿Qué ocurre si un propietario se niega a contribuir en los gastos?

Tipos de obras en la comunidad de propietarios

Puede haber distintos tipos de obras en la comunidad:

  • Obras de mantenimiento y reparación: Incluyen arreglos en fachada, tejado, tuberías comunes, ascensores o instalaciones eléctricas. Son necesarias para la conservación del edificio y deben ser costeadas por todos los propietarios.
  • Obras de mejora: Aquellas que buscan mejorar el edificio sin ser imprescindibles, como instalar una piscina o renovar la decoración del portal. En estos casos, se requieren ciertos acuerdos en junta de propietarios.
  • Obras de accesibilidad: Rampas, ascensores o cualquier intervención destinada a mejorar la accesibilidad del edificio. Tienen un tratamiento especial según la Ley de Propiedad Horizontal.
  • Obras privadas con afectación a elementos comunes: Reformas en viviendas particulares que pueden impactar en la estructura o en la estética del edificio.

¿Quién paga las obras en la comunidad?

Cuando se realizan obras en la comunidad, los gastos se reparten según el tipo de intervención:

  • Gastos obligatorios para todos los propietarios: Las reparaciones urgentes o de mantenimiento afectan a todo el edificio y deben ser sufragadas por todos los vecinos, aunque algunos no hagan uso de la instalación (por ejemplo, el ascensor en el caso de los vecinos de la planta baja).
  • Derramas extraordinarias: Si el fondo de reserva de la comunidad no cubre el coste de las obras, es necesario aprobar una derrama en junta de propietarios.
  • Obras voluntarias o de mejora: Si una obra no es esencial y su coste supera el 33% del presupuesto anual de la comunidad, solo están obligados a pagar quienes voten a favor de la misma.

¿Cuándo se necesita permiso para realizar obras en la comunidad?

Dependiendo del tipo de obras en la comunidad, puede ser necesario obtener aprobación de la junta de propietarios:

  • Obras que afectan a elementos comunes (fachada, tejado, tuberías, zonas comunes): Siempre requieren acuerdo en junta.
  • Obras dentro de una vivienda particular: Si la reforma puede alterar la estructura del edificio o su estética, es obligatorio obtener el permiso de la comunidad.
  • Obras urgentes: Si se trata de una reparación imprescindible para evitar daños mayores (como una filtración en la fachada), el presidente o el administrador de fincas pueden autorizar la intervención sin necesidad de junta previa.

 ¿Qué pasa si un vecino hace una obra sin permiso?

Si un propietario realiza una obra sin la autorización de la comunidad, esta puede:

  • Exigir la paralización inmediata de la obra.
  • Iniciar acciones legales para que el propietario restituya el estado original del edificio.
  • Reclamar daños y perjuicios si la obra afecta a otros vecinos.
  • En algunos casos, las autoridades pueden imponer sanciones administrativas.

¿Y si un vecino se niega a pagar su parte de las obras en la comunidad?

Si un propietario no paga su parte correspondiente en las obras de la comunidad, la comunidad puede reclamar la deuda a través de un procedimiento judicial. Para evitar problemas y conflictos, es recomendable que el administrador de fincas gestione el proceso adecuadamente, notificando la deuda y actuando conforme a la normativa vigente.

Conclusión

Gestionar obras en la comunidad no siempre es sencillo, especialmente cuando surgen desacuerdos sobre los pagos o los permisos necesarios. Contar con un administrador de fincas profesional como BV Asesores garantiza que todo el proceso se realice de forma legal, equitativa y sin conflictos innecesarios.

👉 Si quieres más información sobre este u otros temas de administración de fincas, visita el blog de BVAsesores: https://bvasesores.com/actualidad-bv

Image