Novedades legislación pisos turísticos
En los últimos años ha proliferado la tendencia a alquilar por días o semanas la vivienda para fines turísticos, dando lugar a la creación de empresas que a través de sus páginas webs ofertan pisos turísticos para su alquiler de una manera rápida y sencilla.
Las problemáticas más relevantes vinculadas a esta actividad son de diversa índole, impacto económico-social, fiscalidad y tributación, garantía y seguridad de las personas usuarias, calidad de la oferta y satisfacción de las personas usuarias, molestias causadas a los residentes y a la ciudadanía, intrusismo y competencia desleal, entre otras.
¿Cuáles son las novedades sobre el alquiler de pisos turísticos?
El 3 de abril entró en vigor la Ley Orgánica 1/2025 que modifica los artículos 7 y 17 de la Ley de propiedad horizontal con el fin de “empoderar” a las comunidades de vecinos porque podrán dar o no el visto bueno a los alquileres turísticos. Con esta modificación se requerirá la aprobación expresa por parte de tres quintas partes de los vecinos para poder destinar una vivienda a piso turístico o alquiler turístico.
Esta ley da seguridad jurídica a las comunidades de propietarios y a los administradores de fincas porque con los pisos turísticos se generan muchos problemas de convivencia.
¿Qué pasa si se destina la vivienda a piso turístico sin la aprobación de la comunidad?
El presidente de la comunidad, por iniciativa propia o de cualquier propietario u ocupante, requerirá la cesación inmediata, con la advertencia de emprender acciones judiciales, si considera que el piso turístico o los pisos turísticos afectan negativamente a la convivencia o al bienestar del edificio.
¿Y si ya realizaba esta actividad con anterioridad a esta modificación sobre los pisos turísticos?
Los propietarios que ejercían la actividad de alquiler turístico antes del 3 de abril de 2025 no se verán afectados por esta modificación, siempre y cuando cumplan con la normativa vigente y cuenten con las licencias y autorizaciones necesarias. Sin embargo, es recomendable que estos propietarios mantengan una comunicación fluida con sus comunidades de vecinos para asegurar una convivencia armoniosa y evitar posibles conflicto.
¿Los pisos turísticos pagan lo mismo de comunidad que el resto de los vecinos?
Se permitirá a las comunidades imponer un incremento de hasta el 20% en las cuotas ordinarias a aquellos propietarios que destinen sus viviendas al alquiler turístico, como compensación por el mayor uso de las zonas comunes y posibles molestias derivadas de esta actividad.