PROGRAMA IMPACTO AUTÓNOMO. Galicia.
DOG num.3 del 4 de enero de 2023. Pag.489
- Se ofrecen ayudas entre 800 y 1500 euros a los trabajadores autónomos para mitigar los efectos de la inflación.
- El plazo para pedir la ayuda abrió el lunes 9 de enero y está abierto hasta el 9 de febrero.
- Las solicitudes se presentan a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Este programa de ayudas a autónomos es compatible con otras subvenciones autonómicas.
Resumen de las condiciones:
- Estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen del Mar, incluidos los autónomos societarios y las microempresas con plantillas de hasta 10 trabajadores, así como los mutualistas.
- Tener el domicilio social en Galicia.
- Tener unos rendimientos netos entre 10.000 y 30.000 euros en el ejercicio del 2021.
- En caso de autónomos societarios, la facturación de la sociedad deberá situarse entre un mínimo de 50.000€ y un máximo de 750.000€.
- En caso de autónomos de temporada deben estar de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud y haber cotizado entre 4 y 9 meses es los años 2021 y 2022.
- Los beneficiarios de las ayudas que desarrollen su actividad en establecimientos fijos abiertos al público asumen el compromiso de mantener abierto su negocio durante los seis meses posteriores a la publicación de la orden de ayudas que es el 4 de julio.
Cuantía de las ayudas:
- Para los autónomos que cotizan en régimen de estimación objetiva (módulos) el importe de la ayuda será de 800 euros.
- Para los autónomos que tributen en función de sus ingresos reales:
- Ayuda de 1.500€ si sus rendimientos netos fueron inferiores a 20.000€ en el 2021.
- Ayuda de 1.200€ si superaron los 20.000€ y están por debajo de 30.000€ de ingresos.
- Para las microempresas y autónomos societarios:
- Ayuda de 1.500€ si la facturación está entre 50.000 y 250.000€
- Ayuda de 1.200€ si la facturación está entre 250.000 y 750.000€
Las ayudas se reducirán a la mitad en caso de que los autónomos, sociedades y microempresas que se hubiesen dado de alta en el 2021, no acrediten 12 meses completos de actividad en ese ejercicio, incluye también a los autónomos de temporada.