Novedad.
ÚLTIMOS PROGRAMAS PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE GALICIA, EN VIGOR.
PLAN EMEGA 2021 SI429A
Subvenciones con 4 líneas de ayudas:
Línea Emprende: Fomento empleo femenino. De 10.000€ (fomento autoempleo) hasta 22.000€ (contratar 4 o más mujeres)
- Domicilio social y fiscal en Galicia.
- Alta posteriores al 01/08/2020
- Autónoma individual femenina o al menos 50% promotores de la sociedad que sean mujeres que estuvieran en el paro (mínimo 1 mes)
- No tener desarrollado la actividad en los 3 ejercicios anteriores.
Línea Activa: Nuevos proyectos de una actividad anterior. De 8.000€ (mantenimiento autoempleo) hasta 17.000€ (contratar 4 o más mujeres)
- Domicilio social y fiscal en Galicia.
- Altas anteriores al 01/08/2020
- Plan de negocio empresarial.
- Mantener puestos de trabajo.
Línea ITEF: Proyectos carácter innovador. De 18.000€ (mantenimiento autoempleo) hasta 42.000€ (contratar 4 o más mujeres)
- Domicilio social y fiscal en Galicia.
- Alta posteriores al 01/08/2020
- Autónoma individual femenina o al menos 50% promotores de la sociedad que sean mujeres que estuvieran en el paro (mínimo 1 mes)
- Estudios universitarios relacionados con la ciencia o tecnología.
Línea Concilia: Favorecer la conciliación vida personal. Vinculados a una de las 3 líneas anteriores.
- Autónoma individual femenina o al menos 50% promotores de la sociedad que sean mujeres con hijo menor de 3 años - 3.000€
- Formalizar un acuerdo o pacto de conciliación para todo el cuadro del personal - 4.000€
- Acuerdos de teletrabajo - 1.000€/trabajadora
Fecha límite de presentación 16 de agosto de 2021
El PLAN EMEGA es un tipo de subvención de concurrencia competitiva, es decir, se conceden por un sistema de puntos. La principal limitación es la puntuación de la subvención: MÍNIMO DE 20 PUNTOS
Empleo femenino: Máximo 40 puntos.
- Autoempleo - 10 puntos
- Autoempleo + 1 trabajadoras - 15 puntos
- Autoempleo + 2 trabajadoras - 25 puntos
- Autoempleo + 3 trabajadoras - 30 puntos
- Autoempleo + 4 trabajadoras - 35 puntos
Sectores infrarrepresentados por mujeres - 10 puntos (diferencia de al menos 20% entre hombre y mujeres en el sector)
Localización actividad empresarial: Máximo 10 puntos.
- Hasta 5.000 habitantes - 10 puntos
- De 5.001 a 10.000 habitantes - 9 puntos
- De 10.001 a 15.000 habitantes - 8 puntos
- De 15.001 a 20.000 habitantes - 7 puntos
- De 20.001 a 40.000 habitantes - 6 puntos
- Superior a 40.000 habitantes - 5 puntos
Contribución a la integración laboral de mujeres: Máximo 15 puntos
- Discapacitada al menos 33% - 3 puntos
- Mujer víctima violencia de género - 3 puntos
- Menor de 30 años - 3 puntos
- Mayor de 45 años - 3 puntos
- Desempleada de larga duración - 3 puntos
TR342C PROGRAMA CONTRATACIÓN POR CUENTA AJENA
Beneficiarios de las subvenciones: personas jurídicas y autónomos.
Tipo de subvención de concurrencia no competitiva, por lo tanto, se conceden por orden de entrada de las solicitudes.
Gastos subvencionables: se subvencionan contrataciones iniciales indefinidas, contratos temporales de 1 año y transformación de contratos temporales a indefinidos realizados entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021. IMPRESCINDIBLE QUE LA PERSONA CONTRATADA ESTÉ INSCRITA COMO DESEMPLEADA.
Presupuesto:
- 5 millones para contrataciones de mujeres.
- 2 millones para contrataciones de jóvenes menores de 30 años.
- 3,45 millones para la contratación de personas con discapacidad o riesgo de exclusión social.
- 1,2 millones para la contratación de personas desempleadas de larga duración.
Plazo de solicitud:
- Contrataciones anteriores al 26 de julio de 2021, el 26 de septiembre de 2021.
- Contrataciones posteriores al 26 de julio de 2021 (incluido este día), hasta el último día del segundo mes siguiente a la contratación.
Requisitos:
Es necesario cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
- Jóvenes menores de 30 años.
- Desempleados de larga duración (más de 1 año)
- Mujeres.
- Personas con una discapacidad mayor al 33%
- Personas en riesgo de exclusión social.
Cuantía de la ayuda para contratación indefinida inicial:
- 6.000€ para personas jóvenes.
- 10.000€ para personas desempleadas de larga duración.
- 12.000€ para mujeres.
- 16.000€ para personas con discapacidad y personas con riesgo de exclusión social.
Estos límites se incrementan en un 25% por cada uno de los siguientes requisitos:
- Centro de trabajo en un concello rural (se consideran ayuntamientos rurales todos los ayuntamientos gallegos excepto los siguientes: Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra y Vigo)
- Mayor de 45 años.
- Persona trans.
- Emigrante retornado (se pide certificado)
- En el caso de mujeres, contratación realizada en un sector infrarrepresentado.
Obligación de mantener el empleo 2 años.
Cuantía de la ayuda para contratación temporal inicial (al menos 1 año):
- 3.000€ para personas jóvenes.
- 5.000€ para personas desempleadas de larga duración.
- 6.000€ para mujeres.
- 8.000€ para personas con discapacidad y personas con riesgo de exclusión social.
Estas cuantías se incrementan en el mismo porcentaje que las de contratación indefinida inicial.
Obligación de mantener el empleo durante la duración del contrato temporal.
Cuantía de la ayuda para transformación de temporal a indefinido:
- 2.000€ para personas jóvenes o mujeres.
- 3.000€ para personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
Obligación de mantener el empleo 2 años.
Los contratos de estas 3 ayudas deben ser a jornada completa, excepto en el caso de personas con discapacidad y en riesgo de exclusión social, en este caso la ayuda será la parte proporcional a la jornada.
Cuantía de las ayudas de transformación de contrato indefinido parcial a completo:
- 2000€ para todos los casos. Se incrementara en 1000€ por la adaptación del puesto para personas con discapacidad.
Obligación de mantener el empleo 2 años.
PROGRAMA TR807I
Estas subvenciones son en concurrencia no competitiva, por lo tanto, se conceden por orden de entrada de las solicitudes.
Presupuesto de 2 millones de euros.
Requisitos beneficiarios:
- Empresas de nueva creación desde el 1 de agosto de 2020 hasta el 31 de julio de 2021 (excluidas comunidades de bienes, sociedades civiles, sociedades cooperativas y laborales)
- Que sean viables técnica, económica y financieramente.
- Que generen empleo a personas desempleadas (incluido los promotores)
- Domicilio social y fiscal en Galicia, así como su centro de trabajo.
- Máximo 5 socios en sociedades. Ningún socio puede ser una sociedad. Capital máximo 120.202€
- En caso de sociedades, 50% de su capital social sea titularidad de personas. desempleadas que trabajen en la sociedad.
Cuantía de las ayudas por persona desempleada contratada indefinidamente (incluidos los promotores):
- 2.000€ por norma general.
- 4.000€ si la persona cumple uno de los siguientes requisitos:
- Persona desempleada de larga duración (1 año o más)
- Persona con discapacidad superior al 33%
- Persona desempleada que se encentra en riesgo de exclusión social.
Las cuantías anteriores se incrementarán en un 25% por cada uno de los siguientes requisitos que cumpla la persona desempleada:
- Ser mujer.
- Tener el centro de trabajo en un ayuntamiento rural (se consideran ayuntamientos rurales todos los ayuntamientos gallegos excepto los siguientes: Cambre, A Coruña, Culleredo, Ferrol, Narón, Oleiros, Santiago de Compostela, Lugo, Barbadás, Ourense, Poio, Pontevedra y Vigo)
- Mayor de 45 años.
- Considerada emigrante retornada.
- Persona trans.
Cuantía de las ayudas para la formación:
75% del coste de los servicios de formación de las personas subvencionadas en el apartado anterior. Con un máximo de 3.000€ (excluido el IVA)
Cuantía de las ayudas para gastos de inicio de actividad:
Las cuantías máximas son las mismas que en las ayudas por contratación indefinida, siempre que se destine a sufragar los siguientes gastos entre el mes anterior al inicio de actividad y el 20 de diciembre de 2021:
- Honorarios de notaria y registrador.
- Compra de mercancías y materias primas.
- Arrendamiento del local.
- Compra de maquinaria y de equipos informáticos.
- Gastos del seguro del local.
- Publicidad y página web.
- Suministros.
Cuantía de la ayuda para la conciliación personal, laboral y familiar de las personas promotoras:
- 75% del coste de los servicios de guardería, con un máximo de 3000€ para los promotores con hijos menores de 3 años.
Coste de centros especializados o guardería en caso de personas con dependencia o discapacidad, correspondientes a los 3 meses anteriores al inicio de la actividad hasta julio de 2021.