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notificación de Hacienda

Recomendaciones si recibes una notificación de Hacienda. ¿Qué hacer?

Recomendaciones si recibes una notificación de Hacienda.

Recibir una notificación de Hacienda (también conocida como "carta negra" por ser los sobres de Hacienda negros por dentro) no tiene por qué implicar una sanción. En ocasiones, sólo se trata de comprobar la información o entregar algún documento adicional.

¿Qué hay que hacer si llega una notificación de Hacienda?

  • Recoge la notificación. Si no la recoges el procedimiento continúa y lo único que vas a conseguir es no poder defenderte ni aportar pruebas.
  • Apunta la fecha del día que te han entregado la notificación porque a partir del día siguiente a la recogida de la notificación, empieza a contar el plazo para contestar que, dependiendo del caso, puede variar. Por lo general, el plazo para formular alegaciones o contestar un requerimiento es de 10 hábiles y el plazo para recurrir el acto administrativo es de un mes.
  • Verifica si el organismo tributario es estatal (AEAT), autonómico, provincial o local. También debe identificarse el Impuesto o tasa y el ejercicio fiscal al que se refiere.
  • Responde a la notificación de Hacienda o contacta con tu asesoría.

Recuerda que no contestar a una notificación de Hacienda no es recomendable porque puede traer perjuicios económicos para el contribuyente y, además, no atender el requerimiento puede suponer una sanción por obstrucción.

Algunos de los tipos de notificaciones que puedes recibir son: carta comunicativa de carácter informativo; comprobación que puede ser de requerimiento, de propuesta de liquidación o de resolución del procedimiento; información respecto a otra persona; providencia de apremio; diligencias de embargo; investigación fiscal; expediente sancionador.

Por lo tanto, hay diferentes tipos de notificaciones que pueden ir desde un simple trámite hasta el más grave que es el expediente sancionador.

 La mejor solución es contar con un equipo de especialistas que puedan estudiar la situación y barajar las diferentes opciones que se abren.

Novedades para autónomos 2023

Principales novedades fiscales para los autónomos en el 2023.

5 principales novedades fiscales para autónomos en el 2023

En enero entran en vigor medidas fiscales que son de interés para autónomos y negocios pequeños y que tendrán efecto en la Renta del periodo 23/ 24. Entre las medidas más destacadas se incluye la rebaja de cinco puntos porcentuales en el IRPF para aquellos autónomos que estén en estimación objetiva, y el incremento en dos puntos de la deducción para gastos de difícil justificación.  

¿Y cuáles son algunas de estas medidas que afectan a los autónomos?

  • Los autónomos que tributen en estimación objetiva tendrán una rebaja en el IRPF de 5 puntos porcentuales.
  • Los autónomos que tributen en el régimen de estimación directa simplificada podrán incrementar el tipo que se aplica a los gastos de difícil justificación. Este incremento pasará del 5% actual al 7% del rendimiento neto. El importe máximo para incluir este tipo de gastos es de 2.000 euros.
  • Los autónomos que tengan 2 hijos y que presenten la declaración conjunta con su pareja, el mínimo de tributación aumentará hasta los 19.000 euros.
  • Las rentas del ahorro tendrán una subida del 1% en el tipo impositivo, así:
    • La tributación de las rentas del capital en el IRPF superiores a 200.000 euros se eleva hasta el 27%.
    • La tributación de las rentas del capital en el IRPF superiores a 300.000 euros se eleva hasta el 28%.
  • Sube el límite para acceder a la devolución del exceso de cotización para autónomos en pluriactividad.
    • Los trabajadores que ejercen por cuenta propia y por cuenta ajena, deberán superar ahora los 15.266,72 euros para recuperar el 50% de lo que abonaron de más a la seguridad social.

 

 

3 Tips sobre hipotecas

3 Tips sobre hipotecas que debes conocer. Preguntas frecuentes.

Respuestas claras a preguntas frecuentes sobre desgravar la hipoteca:

 

¿Quién puede desgravar la hipoteca en el IRPF?

Hay que tener en cuenta que actualmente sólo pueden desgravar la hipoteca con carácter general quienes compraron su casa antes del 1 de enero de 2013

Si se hace una nueva hipoteca y supera el capital del préstamo anterior, sólo se podrá deducir hasta llegar al capital pendiente.

¿Se puede mantener la deducción de IRPF en la hipoteca si se cambia de entidad bancaria?

La respuesta es Sí. No se perderá la deducción por vivienda si se cambia la hipoteca de banco para mejorar las condiciones o por el motivo que sea.  A eso se le conoce como una subrogación

  • El único requisito es que se siga usando el préstamo para pagar la vivienda habitual.
  • Todos los gastos del cambio de hipoteca serán deducibles.

Hacienda considerará que se trata de una vivienda habitual si se cumplen dos requisitos:

  1. Haber empezado a vivir en la casa antes de que transcurrieran 12 meses desde que la compraste.
  2. Haber habitado en ella de forma permanente, es decir, durante un período de, al menos, tres años seguidos.

¿Cuál es la deducción por adquisición de vivienda?

Actualmente la deducción por adquisición de vivienda es de un 15% sobre una base máxima de 9.040 euros, tanto en tributación individual como conjunta. Esa cantidad será lo que podrás desgravar.

  • Si la hipoteca está a nombre de dos personas que hacen la declaración individual, esa base se dobla porque se aplica a los dos dueños de la casa.
  • Por el contrario, si se hace la declaración conjunta, el máximo se mantiene en los 9.040 euros.

Por estos motivos, si se tiene una hipoteca en pareja, probablemente compense hacer la declaración individual y no conjunta..

Además,  si queda poco para que acabe el año y has conseguido ahorrar un dinero, puedes usarlo para amortizar anticipadamente una parte de tu hipoteca y llegar así hasta la base máxima de 9.040 euros. De este modo, podrás sacar el máximo partido a la desgravación.

herencia de un plan de pensiones

Lo que debes saber si heredas un plan de pensiones.

 

Lo que debes saber si heredas un plan de pensiones

Cuando hacemos un plan de pensiones podemos designar a un beneficiario concreto en caso de fallecimiento, que será quien herede el plan de pensiones. 

Si no se ha designado ninguna persona, lo cobrarán los herederos legales.

Y si heredas un plan de pensiones…

No tienes por qué rescatar el plan de pensiones de forma inmediata. La mayoría de los bancos intentarán que conserves el plan e incluso que sigas realizando aportaciones. 

La herencia de un plan de pensiones NO tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD)

El importe que pagar por heredar un plan de pensiones será muy superior al que se tendrá que pagar por el resto de los bienes heredados ya que no tendrán ninguna bonificación ni reducción que contempla el ISD.

Son tres las opciones que tenemos si heredamos un plan de pensiones:

  1. Cobrar de golpe todo el importe heredado:
    1. Se tributa por él en la declaración de la renta del año que efectuemos el cobro y como rendimiento de trabajo.
  2. Cobrar el importe heredado en forma de renta periódica:
    1. Se debe ir incluyendo en nuestra declaración de renta de cada año los importes recibidos como rendimientos del trabajo.
  3.  Mantener el Plan de Pensiones heredado sin rescatarlo:
    1. En este caso, no pagaremos nada hasta el momento en que decidamos rescatarlo.

Y si hay varios herederos…

En el momento que se haya efectuado el reparto entre los herederos, cada uno puede decidir qué hacer con su parte independientemente del resto de herederos.

Cada heredero, según el importe heredado y su declaración de renta, tendrá que valorar qué opción le conviene más a efectos de pagar menos impuestos.

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