Lun a Jue: 9:00-14:00 y 16:00-18:00; Vie: 9:00-14:00

zonas recreativas comunidades

Las zonas recreativas de las comunidades de propietarios

¿SI SOY PROPIETARIO DE UNA PLAZA DE GARAJE EN UNA COMUNIDAD PUEDO UTILIZAR LAS ZONAS RECREATIVAS COMUNES?

El acceso a las zonas recreativas de la comunidad (piscina, pistas de tenis, barbacoas…) generalmente está regulado por las normas y reglamentos establecidos por la comunidad de propietarios. Esto quiere decir que dependerá de las reglas específicas que se apliquen en cada comunidad.

Hay comunidades en las que el acceso a estas zonas comunes y recreativas puede estar limitado sólo a los propietarios de viviendas y en otras, puede estar disponible para los propietarios de plazas de garaje o incluso, para invitados de los propietarios. También, en algunas comunidades, se restringe el número de invitados que pueden traer los propietarios.

¿QUIÉN DECIDE EL USO Y DISFRUTE DE LAS ZONAS RECREATIVAS DE LA COMUNIDAD?

No obstante, los propietarios de las viviendas son los que deben decidir la normativa de las zonas recreativas y quién puede utilizarlas.

Hay que tener en cuenta que los titulares de los garajes son propietarios de estos, pero no tienen porque ser residentes, sino usuarios de una plaza de estacionamiento. Además, el propietario de la plaza no está contribuyendo al mantenimiento de las zonas recreativas de la comunidad porque su finalidad ha sido adquirir la plaza para estacionar el vehículo y no por las particularidades recreacionales de la edificación.

De este modo, si los propietarios de las viviendas de la comunidad deciden que el dueño de un garaje no puede entrar en la piscina o en la pista de pádel, tendrá que acatar la decisión.

alquiler de una vivienda

7 Tips sobre el contrato de alquiler de una vivienda

CONTRATO DE ALQUILER DE UNA VIVIENDA

 

OBLIGACIONES FISCALES DEL ARRENDADOR para alquilar una vivienda

  • El arrendador debe depositar la fianza cobrada en la oficina de fianzas correspondiente de la administración autonómica. Este depósito de la fianza supone una garantía para el arrendatario de que la podrá recuperar en el momento en que se rescinda el contrato.
  • El alquiler de vivienda a persona física para vivir no está sujeto a IVA ni a retención.
  • Tendrá que emitir un recibo de alquiler de la vivienda al inquilino y las obligaciones fiscales serán declarar dicho ingreso anual por este concepto en su declaración de IRPF.
  • Podrá deducirse como gastos los marcados en la legislación de IRPF, entre ellos, el recibo de IBI pagado, gastos pagados como luz, agua, basura, etc.
  • También podrá deducirse los intereses del préstamo hipotecario asociado al inmueble pagado, gastos en reparación y conservación del inmueble, primas de seguro pagadas del inmueble, gastos de comunidad si los hay, y la amortización del inmueble como marca la Ley.
  • Además, si se alquila como vivienda habitual para el inquilino, podrá tener una exención en el rendimiento neto del 60%

OBLIGACIONES FISCALES DEL ARRENDATARIO para alquilar una vivienda

  • Por parte del arrendatario, a la hora de alquilar una vivienda, se deberá presentar el modelo de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, en el que se ingrese una cuota gradual en función de la renta de alquiler a pagar durante la duración del contrato. En España hay comunidades en las que se está exento de presentar este modelo como, por ejemplo, es el caso de Galicia.
Pagos por Bizum

¿Tengo que declarar los pagos por Bizum? BVasesores resuelve tus dudas

¿Qué es Bizum?

Bizum es una aplicación que se utiliza con frecuencia para enviar y recibir dinero instantáneamente sin dar el número de cuenta corriente; sólo se necesita el número de teléfono móvil de la persona a la que hacer el ingreso.

¿Se declaran los pagos por Bizum?

Los pagos realizados a través de Bizum deben declararse de la misma manera que cualquier otra forma de pago como transferencias bancarias, tarjetas de crédito, etc.

Las operaciones con Bizum deben declararse e incluirse en la declaración del IVA y del IRPF cuando finalice el trimestre en el que se hayan realizado.

¿Cuál es el pago máximo que puedo hacer por Bizum?

El pago mínimo y máximo por Bizum depende de la entidad financiera con la que tienes vinculada tu cuenta bancaria. En general, el límite máximo de pago diario por Bizum suele ser de alrededor de 1.000 euros y el límite mínimo puede ser variable o inexistente, porque puede ser posible realizar pagos por cantidades muy pequeñas como 0,50 céntimos. 

Si un trabajador autónomo acepta pagos por Bizum debe consultar con su entidad bancaria para ver los límites de las operaciones que puede realizar. Lo habitual es que un usuario pueda realizar 60 envíos de dinero al mes y no tener limitado el número de transferencias que puede recibir.

¿Se puede dar cuenta la Agencia tributaria si no declaro estos pagos por Bizum?

Las entidades financieras están obligadas a facilitar la información sobre los movimientos de sus clientes a la Agencia Tributaria si ésta lo solicita, por lo que, si detecta operaciones no declaradas al realizar una inspección o una investigación, el infractor tendrá que pagar una multa que incluirá la cantidad no declarada en su momento más un porcentaje sobre la misma.

Se debe contar con una cuenta bancaria específica para la actividad y vincularla a la aplicación de Bizum, para facilitar su seguimiento.

obligaciones fiscales

Conoce las obligaciones fiscales para abril de 2023

CONOCE LAS OBLIGACIONES FISCALES DE ABRIL

Obligaciones fiscales desde el 11 de abril hasta el 30 de junio

Renta y Patrimonio

  • Presentación por Internet de las declaraciones de Renta 2022 y Patrimonio 2022

Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 27 de junio

Obligaciones fiscales hasta el 12 de abril

INTRASTAT - Estadística Comercio Intracomunitario

  • Marzo 2023. Obligados a suministrar información estadística

Obligaciones fiscales hasta el 20 de abril

Renta y Sociedades

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Marzo 2023. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
  • Primer trimestre 2023: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216

Pagos fraccionados Renta

  • Primer trimestre 2023:
    • Estimación directa: 130
    • Estimación objetiva: 131

Pagos fraccionados Sociedades y establecimientos permanentes de no residentes

  • Ejercicio en curso:
    • Régimen general: 202
    • Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222

IVA

  • Marzo 2023. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Primer trimestre 2023. Autoliquidación: 303
  • Primer trimestre 2023. Declaración-liquidación no periódica: 309
  • Primer trimestre 2023. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
  • Primer trimestre 2023. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
  • Solicitud de devolución de cuotas reembolsadas a viajeros por empresarios en recargo de equivalencia: 308
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca: 341

Impuesto sobre las Primas de Seguros

  • Marzo 2023: 430

Impuestos Especiales de Fabricación

  • Enero 2023. Grandes empresas: 561, 562, 563
  • Marzo 2023: 548, 566, 581
  • Primer trimestre 2023: 521, 522, 547
  • Primer trimestre 2023 Actividades V1, F1: 553 (establecimientos autorizados para la llevanza de la contabilidad en soporte papel)
  • Primer trimestre 2023. Solicitudes de devolución: 506, 507, 508, 524, 572
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510

Impuesto Especial sobre la Electricidad

  • Marzo 2023. Grandes empresas: 560
  • Primer trimestre 2023. Excepto grandes empresas: 560
  • Año 2022. Autoliquidación anual: 560

Impuestos Medioambientales

  • Marzo 2023. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592
  • Primer trimestre 2023. Impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos en instalaciones centralizadas. Pago fraccionado: 585
  • Primer trimestre 2023. Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Autoliquidación: 587
  • Primer trimestre 2023. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592
  • Primer trimestre 2023. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Solicitud de devolución. Solicitud de devolución: A22
  • Primer trimestre 2023. Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero. Solicitud de devolución: A23
  • Año 2022. Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Autoliquidación anual y pago fraccionado: 589

Impuesto Especial sobre el Carbón

  • Primer trimestre 2023: 595

Impuesto sobre las Transacciones Financieras

  • Marzo 2023: 604

Aportación que realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma

  • Pago a cuenta 1P 2023: 793

Obligaciones fiscales hasta el 30 de abril

IVA

  • Marzo 2023. Ventanilla única - Régimen de importación: 369

  • Primer trimestre 2023: Ventanilla única – Regímenes exterior y de la Unión: 369

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